Buenos días, una preguntilla, cuando un trabajador tiene dos cttos. consecutivos realizando la misma función, supongo que a efectos de antiguedad se toma de referencia la fecha del primer ctto., no sé que opinais...El caso concreto es que tengo que pedir nuevo CCC (asociado al ppal.) y mi pregunta va por el tema de la fecha a poner en el apartado del FICT (fecha de inicio del ctto. de trabajo) al dar el alta en el nuevo CCC, y mi duda es si pongo la fecha del último ctto. o la del primero...
Gracias
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