Buenas tardes,
Vamos a realizar unas obras como subcontratistas en León y contrataremos para ello a un trabajador que reside en esa provincia. No es la primera vez que trabajamos en esa provincia por lo que hace años teníamos abierto un CCC secundario y un centro de trabajo en León. El CCC secundario se debió de cerrar porque cuando saco el certificado de la S.S de estar al corriente de pago ese CCC no me sale asociado al principal . Aparte tengo que enterarme de si el centro de trabajo se cerró o sigue abierto . Lo que sí me consta es que el centro de trabajo se abrió en su día en un bajo en el cual hay unas oficinas que siguen siendo propiedad de la empresa aunque en la actualidad no hay actividad alguna.
Imagino que lo que procede ahora es lo siguiente:
1) Si el centro de trabajo se cerró creo que se puede solicitar reapertura del mismo en lugar de solicitar una nueva apertura.
2) Abrir un nuevo CCC secundario
3) Comunicar a la mutua la apertura del nuevo CCC secundario
Tengo dudas respecto al convenio a aplicar. Estuve revisando los contratos de los trabajadores y como claúsula adicional consta: Contrato según Convenio del Metal de Asturias. Según esto se les aplicaba la tabla salarial de Asturias. ¿Realmente esto es correcto o habría que aplicar el Convenio del Sector Siderometalúrgico de León?
Agradecería me dijerais si los 3 puntos expuestos son correctos o se me escapa algo así como me aclararais el convenio a aplicar.
Gracias de antemano
Vamos a realizar unas obras como subcontratistas en León y contrataremos para ello a un trabajador que reside en esa provincia. No es la primera vez que trabajamos en esa provincia por lo que hace años teníamos abierto un CCC secundario y un centro de trabajo en León. El CCC secundario se debió de cerrar porque cuando saco el certificado de la S.S de estar al corriente de pago ese CCC no me sale asociado al principal . Aparte tengo que enterarme de si el centro de trabajo se cerró o sigue abierto . Lo que sí me consta es que el centro de trabajo se abrió en su día en un bajo en el cual hay unas oficinas que siguen siendo propiedad de la empresa aunque en la actualidad no hay actividad alguna.
Imagino que lo que procede ahora es lo siguiente:
1) Si el centro de trabajo se cerró creo que se puede solicitar reapertura del mismo en lugar de solicitar una nueva apertura.
2) Abrir un nuevo CCC secundario
3) Comunicar a la mutua la apertura del nuevo CCC secundario
Tengo dudas respecto al convenio a aplicar. Estuve revisando los contratos de los trabajadores y como claúsula adicional consta: Contrato según Convenio del Metal de Asturias. Según esto se les aplicaba la tabla salarial de Asturias. ¿Realmente esto es correcto o habría que aplicar el Convenio del Sector Siderometalúrgico de León?
Agradecería me dijerais si los 3 puntos expuestos son correctos o se me escapa algo así como me aclararais el convenio a aplicar.
Gracias de antemano