Tengo una duda respecto a los centros de trabajo a efectos laborales. Expongo el caso; es un restaurante con su propio centro de trabajo que durante los meses de verano va a dar un servicio extra de catering a los residentes de un complejo turístico desplazándose a sus instalaciones. El restaurante no alquilará el local, sólo prestará los servicios allí. A efectos laborales supongo que debo hacer una nueva apertura del centro de trabajo no?, prestarán los servicios el autónomo colaborador de la titular y dos trabajadores. Estaría obligado a hacer la prevención de riesgos laborales?.
Gracias y Saludos.....
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