Grupo de empresas constructoras y promotoras.
Hay una empresa madre, que tiene a todos los trabajadores administrativos´: abogados, graduado social, contables, etc... cuya misión es administrar al grupo de empresas constructoras.
Entonces, yo aplico a dicha empresa matriz administradora el convenio de construcción y no el de servicios contables. ¿Por qué razón?; pues porque el personal de dicha empresa presta servicios indistintamente para todas las empresas constructoras-promotoras, con lo que entiendo existe una sola empresa a efectos de responsabilidad y, la auténtica actividad de la misma es la construcción-promoción, no la de servicios contables.
¿Entendéis lo mismo?
Hay una empresa madre, que tiene a todos los trabajadores administrativos´: abogados, graduado social, contables, etc... cuya misión es administrar al grupo de empresas constructoras.
Entonces, yo aplico a dicha empresa matriz administradora el convenio de construcción y no el de servicios contables. ¿Por qué razón?; pues porque el personal de dicha empresa presta servicios indistintamente para todas las empresas constructoras-promotoras, con lo que entiendo existe una sola empresa a efectos de responsabilidad y, la auténtica actividad de la misma es la construcción-promoción, no la de servicios contables.
¿Entendéis lo mismo?