Si una empresa despide a un trabajador por artículo 52.c) ET necesidasd de amortización de puesto de trabajo. Con la mera solicitud ante el FOGASA acompañada de DNI carta de despido y nóminas y seguros sociales de los últimos 3 meses el FOGASA concede esa prestación del 40% de responsabilidad directa sin que se tenga que deba declararse el despido objetivo en acto de conciliación o en sentencia judicial no?