artista y conductor de la furgoneta de la compañia

Nikki_sp

Miembro conocido
estoy de los artistas que me las tiento...


si el artista hace la funcion de conductor  montador de la compañia, lo logico seria llevarlo a regimen general no sea que tenga un accidente conduciendo la "fregoneta" de la compañia, ¿verdad?
 

Sandrita

Nuevo miembro
Tiene una relación laboral especial artistas? Es que salvo algún cambio que me pierda hay que afinar bien porque el ámbito de aplicación de la relación laboral especial no coincide con sistema especial artistas.
Tampoco es que esté muy puesta pero con los pocos que datos que das me da que va al RGSS...o eso o dos relaciones laborales, especial actividad artista y común conductor y montador.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
tgss no admiteb contratos... nos lo dijo ya.

si, tiene relacion laboral de artistas cuando empieza la funcion, hasta ese momento ha sido el que carga el equipo, el conductor de la furgoneta y el que monta el equipo. idem a la inversa cuando termina la funcion.

es un hibrido bastante complicado.

por eso creo que en rgss la proteccion es mayor.

porque entre responder a un inspector a su pregunta por que no estar en artistas o responder a un guardia civil el por que no esta dado de alta quien conduce un vehiculo de empresa mejor asi..

y no te digo en caso de accidente de trafico..

mas opiniones que nos ayuden en este tema?


p.d. como veis es una pequeña compañia, a las funciones  van 2 personas, tecnico y actor, que se reparten todas las tareas al 50%. 
 
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