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En el caso de un autónomo que sufre un AT en su centro de y a consciencia de este fallece , existe la obligacion de comunicarlo a la Inspección de Trabajo en 24 horas como ocurre como con los trabajadores en el Règimen General.
En un principio es para trabajadores en plantilla, pero ojo que no fuese un TRADE, falso autónomo y la cosa se complique... Mejor llama a la ITSS o habla con la mutua que tengas confianza.
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