Atrasos convenio con Liquidación Directa

BSK

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Hola a todos:

Voy a hacer mis primeros atrasos de convenio colectivo con el sistema de liquidación directa. Bien. El tema es que veo que mi programa de nóminas ha introducido un apartado donde tengo que poner el mes y el año en el que ha sido publicada la actualización del convenio. La cuestión es que tengo un convenio cuya revisión se publica el 10 de diciembre de 2.015 y me dice que tengo 30 días para pagar atrasos, es decir, hasta el 10 de enero de 2.016, es decir, puedo hacer una nómina en enero y ya lo pago en febrero el seguro social. Me dicen mis proveedores de nóminas que es para que la TGSS detecte si lo he hecho fuera de plazo. Mi pregunta es en este caso ¿entenderá la TGSS que debí hacer una nómina en diciembre ya que no conoce la orden del convenio y por tanto estoy fuera de plazo?. ¿Qué pasa cuando el convenio (muchas veces lo hace) diga páguese en el plazo de dos o tres meses? ¿si pago al tercer mes de la publicación y cotizo al cuarto estaría fuera de plazo? ¿Sabéis algo de esto?.
 

vicherga

Nuevo miembro
Buenas,

Creo que no están preparados aún para detectar las liquidaciones presentadas fuera de plazo. Yo pagué atrasos indicando como fecha de control la fecha de publicación del convenio, y me lo calculaban con recargo, a pesar de que estaba en el plazo marcado por el convenio para pagar los atrasos. Llamé a la seguridad social y me dijeron que pusiera como fecha de control el mes que lo iba a pagar para que no me saliera el recargo.

Saludos.
 

BSK

Miembro activo
vicherga dijo:
Buenas,

Creo que no están preparados aún para detectar las liquidaciones presentadas fuera de plazo. Yo pagué atrasos indicando como fecha de control la fecha de publicación del convenio, y me lo calculaban con recargo, a pesar de que estaba en el plazo marcado por el convenio para pagar los atrasos. Llamé a la seguridad social y me dijeron que pusiera como fecha de control el mes que lo iba a pagar para que no me saliera el recargo.

Saludos.

Es decir, que en el caso que he indicado tendría que poner como fecha de control Enero de 2.016 ya que la nómina la hago en enero porque si no me cascan el recargo ¿correcto?. Y digo más, a los espabilaos que se les pase y estén fuera de plazo con poner el mes de publicación el de la nómina asunto zanjado, claro.
 

BSK

Miembro activo
Hola, he encontrado lo que dice la guía de la liquidación directa al respecto. Un poco va con lo que dice el compañero. En mi caso, si los atrasos van de enero a diciembre de 2015 la fecha de control debe ser enero de 2016. Podéis verlo en el archivo adjunto y observaréis dos ejemplos muy claros uno en plazo y otro fuera de plazo. Pero la cuestión es lo que he comentado, si el convenio da dos o tres meses para pagar los atrasos más os vale que lo hagáis en el primer mes y cuanto antes porque os arriesgáis a que si pagáis atrasos en el segundo o tercer mes os pongan un bonito recargo y ya os toca pelear.
 

Archivos adjuntos

  • L03.pdf
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Ro

Miembro activo
Me gustaría vuestra opinión en el siguiente caso sobre convenio Publicado el 31 de marzo, con tablas salariales dem 2015 y del 2016.
A esa fecha 31marzo las nóminas ya están entregadas y pagadas en muchas empresas.
El convenio especifica: plazo de un mes para el pago de diferencias salariales de 2015. Pero, nada dice del 2016.
1. Atrasos 2015 se pueden hacer en abril y cotizar en mayo. ( Poniendo fecha de control el 30 de abril y no la fecha de publicación del Boletín que sería lo correcto, pero que, parecería fuera de plazo.
2. Atrasos 2016 ( de enero a marzo, pues como he comentado las nóminas ya estaban entregadas y pagadas) cuando hacerlas y cotizarlas? Aquí la duda porque si se hace igual que los atrasos del 2015 estarían fuera de plazo porque el convenio no ha indicado nada..
Y además en empresas con tarifa plana no podemos permitirnos que pueda considerarse un envío fuera de plazo, pues ya no es cuestión de recargo sino de mucho dinero en juego.
Cómo lo veis?? Sé que es un tema muy manido y nunca he tenido dudas o problemas, sin embargo ahora entre el siltra, esa fecha y que cada día ya se duda de todo...
Un saludo
 
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