Hola a todos, tengo una pequeña duda (o más bien me hacen dudar), respecto a la aplicación de atrasos de un convenio del 2015
Por un lado, el convenio dice "durante el 2015, se aplicarán las tablas salariales resultantes de aplicar un incremento del 1% sobre las últimas tablas", por otro lado, en el artículo de garantías personales dice: "se respetarán las condiciones personales que superen lo pactado en el convenio, en el sentido de que los trabajadores que vengan percibiendo una retribución superior a la aquí establecida, no vean disminuida su remuneración total como consecuencia de la entrada en vigor del convenio"
Mi duda es referente a un trabajador que tiene pactado un salario neto mensual superior al convenio.
Por ejemplo: según convenio en el 2014 debería cobrar 1000 euros, pero cobra todos los meses 1200.
En el 2015, su salario según convenio deberían ser 1010 euros, pero va a seguir cobrando 1200 euros. Por lo tanto yo entiendo que en este caso, al tener una retribución neta superior a lo pactado en convenio, no se le aplican atrasos. ¿o sí?
Por otro lado, si un trabajador tiene pactado el salario según convenio más un plus, y cada mes es variable, en este caso yo sí que entiendo que al salario según convenio se le aplica la subida del convenio pero el plus no se toca. ¿Estoy en lo cierto o me estoy liando?
Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda
Por un lado, el convenio dice "durante el 2015, se aplicarán las tablas salariales resultantes de aplicar un incremento del 1% sobre las últimas tablas", por otro lado, en el artículo de garantías personales dice: "se respetarán las condiciones personales que superen lo pactado en el convenio, en el sentido de que los trabajadores que vengan percibiendo una retribución superior a la aquí establecida, no vean disminuida su remuneración total como consecuencia de la entrada en vigor del convenio"
Mi duda es referente a un trabajador que tiene pactado un salario neto mensual superior al convenio.
Por ejemplo: según convenio en el 2014 debería cobrar 1000 euros, pero cobra todos los meses 1200.
En el 2015, su salario según convenio deberían ser 1010 euros, pero va a seguir cobrando 1200 euros. Por lo tanto yo entiendo que en este caso, al tener una retribución neta superior a lo pactado en convenio, no se le aplican atrasos. ¿o sí?
Por otro lado, si un trabajador tiene pactado el salario según convenio más un plus, y cada mes es variable, en este caso yo sí que entiendo que al salario según convenio se le aplica la subida del convenio pero el plus no se toca. ¿Estoy en lo cierto o me estoy liando?
Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda