Buenas, en cuanto a esta nueva normativa, en los casos en los que no hay un representante de los trabajadores o un departamento de RRHH, no sería necesario realizar una audiencia previa, ¿no?, quiero decir, en todas esas empresas en las que hay poquitos trabajadores, no es necesario porque, a quién expondría el trabajador las alegaciones? al mismo empresario que le va a despedir??? Vosotros cómo veis?? saludosss