Buenas noches,
Los gastos que se generen durante el tiempo de i.t son totalmente deducibles, ya que si está de baja los gastos fijos ( alquileres, luz, teléfono...) deben seguir pagándose.
Te pongo un ejemplo que he vivido con un cliente, respecto a la persona que ha dicho que un autónomo pido la devolución de IVA y que tendrá inspección. Es totalmente lícito solicitar la devolución del IVA.
Un albañil, se rompe un dedo de la mano izquierda. Esa persona puede adquirir materiales y comprar materiales. ( ese IVA es deducible aun estando de baja).
Un saludo.