autónomo colaborador

Chelo

Nuevo miembro
Tengo una duda  acerca de las reducciones ó bonificaciones de un autónomo colaborador;
La persona que tengo que dar de alta es hija de un autónomo,  titular de actividad, tiene 28 años. Entonces tendria la bonificación del 50% de la cuota durante 18 meses, pero existe ahora también la de reducción del 30% durante 18 meses, por ser menor de 30 años?. o esta ya la han quitado.
¿ que pagaria al mes con la base mínima?.
¿ Le pondrías cobertura de accidente y desempleo ó no vale la pena?.
Muchas gracias.
 

Ro

Miembro activo
Tendría derecho a ambas bonificaciones reducciones.
Una por ser mujer menor de 35 años de un 30% de contingencias comunes durante 30 meses. (Si es hombre sería menor de 30 años).
Si la cuota de autónomos mínima está en 254.21 euros, quedaría en 178.20 euros
Y otra por ser autónoma colaboradora el 50%.
No le merece la pena acogerse a la cobertura de accte. de trabajo y prestación por ceses, a no ser que tenga una actividad muy peligrosa con riesgo a accte. de trabajo.
Un saludo
 

Ro

Miembro activo
Me han comentado en la Tesorería que sí, pero no puedo asegurarlo no he cursado ninguna en esas circunstancias, preguntar el la Teso por si acaso.
 

Clo

Nuevo miembro
Hola,
Acabo de llamar al tel. de información de TGSS y despues de tenerme media hora en espera me dicen q no lo saben! :-[
Me llamarán. Ya os cuento...
 

Clo

Nuevo miembro
Me han llamado de TGSS.
Me dicen que no saben y que no tienen instrucciones. :eek: :-[ :mad:
Que según el literal de la ley, en ningún sitio dice que sean incompatibles, por lo que tienden a pensar que es compatible, pero hasta que no se presente el expediente y hagan el movimiento, no se podrá confirmar (dicen que salen las bonificaciones automáticamente).
Dicen que en nuestra provinicia todavía no se ha producido ningún caso, y no tienen noticias de otras provincias...
¿No es para flipar?
¿Qué le digo al cliente, que quiere que le presente números para ver que le conviene más: regimen general normal a tiempo parcia (pocas horitas), formación o reta familiar???
 

mafaldasur

Nuevo miembro
Uff lo habitual con las novedades supernuevas...
se me ocurre que siendo practicos, y  salvo mejor opción, parece cursar su alta en autónomo, verificar la cuota y si es más alta que el regimen general a tiempo parcial, causas baja a finales de mes en el RETA y alta despues en el general.
el cliente comprenderá que si la propia tgss no sabe cuantificarr la cuota resultante en su caso, mucho menos nosotros...
 
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