empresaria autonoma que contrata a su hija de 16 años en regimen general si desempleo durante 5 horas a la semana. Podemos hablar de una relación laboral y por tanto debe hacerse un contrato y registrarlo en el inem, o no podemos hablar de relación laboral y por tanto con el alta en seguridad social esta cumplido el trámite. Un saludo a los foreros y gracias.