Buenos días, voy a dar de alta a la hija de un autónomo, tiene 22 años y vive con su padre.
Pensé la opción de darle de alta en régimen general excluido de desempleo y bonificado las CC, pero se nos planteó la siguiente duda:
1.- Al ser un contrato en régimen general debe ir a convenio? yo entiendo que sí, que el salario debe ajustarse al convenio de aplicación y la jornada debe especificarse (aquí en nuestra administración nos piden copia del contrato y además nos indican que va a inspección) al empresario le da miedo que le pillen un día y hora que no se ha especificado en el contrato, ya
2.- Como autónoma colaboradora (creo que es la mejor opción): en esta caso, pagaríamos 141.66 al estar bonificada la cuota y no hace falta que pongamos un salario según convenio.
¿estoy en lo cierto? muchas gracias adelantadas!!
Pensé la opción de darle de alta en régimen general excluido de desempleo y bonificado las CC, pero se nos planteó la siguiente duda:
1.- Al ser un contrato en régimen general debe ir a convenio? yo entiendo que sí, que el salario debe ajustarse al convenio de aplicación y la jornada debe especificarse (aquí en nuestra administración nos piden copia del contrato y además nos indican que va a inspección) al empresario le da miedo que le pillen un día y hora que no se ha especificado en el contrato, ya
2.- Como autónoma colaboradora (creo que es la mejor opción): en esta caso, pagaríamos 141.66 al estar bonificada la cuota y no hace falta que pongamos un salario según convenio.
¿estoy en lo cierto? muchas gracias adelantadas!!