Entiendo que si se quiere continuar con la actividad, se podría :
1. que la mujer pase a ser titular del negocio cuando este se dé de baja de RETA por jubilación
o
2. que el titular siguiera siendo el marido una vez jubilado ( dándose de baja de RETA), la mujer sería autónoma regente ( indicando a la TGSS con un escrito que la mujer deja de ser autónoma colaboadora y pasa a ser regente.