autonomo y nueva actividad representante comercio

ialem

Nuevo miembro
Hola, gracias por el foro, lo he encontrado buscando información y me parece muy interesante todo lo que comentais habitualmente. Pues empiezo con pregunta parece que de premio... os cuento.

Actualmente soy autonomo y estoy dado de alta en el IAE en una actividad artística, como técnico. Como no facturo lo debido me han hecho una propuesta que podria compatibilizar en horario. Evidentemente cotizo por la base mínima.

Parece que la figura que mejor encaja en lo que me ofrecen es la de Representante de Comercio. En la TGSS me han dicho que nada, que cotize por las dos.

Bien, mi pregunta... como el nivel de ingresos es bajo no me interesa una doble cotización, al menos de momento, que opciones a nivel seg. social y hacienda puedo tener?

Qué es lo que mejor me resultaría. Como rep. comercio solo tendria comisiones como ingresos, entiendo que como "nómina", mientras que si amplio mi IAE como autonomo podria facturar las comisiones a la empresa...

Estar como vendedor en plantilla no es posible, pues necesito de momento seguir con la actividad en la que soy autónomo. (cámara tv - editor video)

Os agradezco cualquier información o forma de "ver el tema" desde una optica creativa, legal y que afecte a mi tesorería lo menos posible.

La intención con el tiempo si todo sale bien es quedarme como rep. comercio.

Muchas gracias anticipadas por vuestras respuestas.

(Ya se que está mal meter prisa, pero el lunes proximo debo dar una respuesta)

 

depaula

Nuevo miembro
¿En la Seguridad Social te han dicho que cotices por las dos? ¿Eso que es que pagues dos veces el autonomo? No. El mismo autonomo te sirve para las dos actividades, lo que si tendrás es que darte de alta en hacienda por las dos actividades y luego comunicarlo a la seguridad social.
 

ialem

Nuevo miembro
Gracias por la pronta respuesta.

Lo que me han dicho es que el alta como rep. de comercio es "equivalente" al reg. general... y que no ven otra alternativa a estar dado de alta en este tipo especial y además como autonomo... y sin ningún descuento... si fuera al reves, ser "general" y simultanear autonomo que si habria algunas excepciones, pero tal como es la situación a cotizar los dos. Eso si, muy amablemente que si llego a la edad de jubilación y tengo periodo con cotización doble, que se suman las bases... como vendiendo la moto de que tampoco tenia nada que perder... pero lo que me falta es ganar para poder pagar siquiera la primera cuota...

Agradezco mas comentarios y sobre todo alguna solución ingeniosa.

Como dato adicional, podria (por tema subvenciones) dejar de ser autonomo en julio... si con eso arreglamos algo.

También me interesa a nivel hacienda que deberia o no de hacer.

De nuevo, muchas gracias.
 

ialem

Nuevo miembro
Pues cuanta más información recojo, mas dudas tengo... En muchos sitios hablan de Representante de Comercio como autónomo bajo el epígrafe 599... Entonces doy por sentando que ya no es una relación laboral especial... Entonces dado este caso, cómo tengo que hacer, alta en 599 de IAE y listo, o tengo que comunicar algo también a la seg. social. Entiendo que así pago los autonomos como hasta ahora y a facturar...

Cómo resultaria entonces el tema retenciones, actualmente no hago retenciones, pues facturo a particulares el 90% de mis trabajos. Con la nueva actividad pasaria a facturar a una empresa S.L. Cuando tendria que hacerlo con retención?

Gracias anticipadas.
 
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