AUTONOMO

MARIA88

Miembro
Hola, necesito una aclaracion por favor
Autonomo de 21 años hijo del administrador de la Sl que convive con el.
Nunca se le ha dado de alta en autónomos.¿esta bonificado?¿tiene derecho a desempleo?¿que base y cuota minima tendria?

Muchas gracias
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Buenos días:
La cuota sería durante los 12 primeros meses la mínima, para el 2015: 264.43.
Derecho a desempleo como un empleado régimen general no. Si le das de alta de cese de actividad podría optar, pero , por lo que sé, es muy muy complicado que se lo den.


Salvo mejor opinión!!!

 

Ro

Miembro activo
Sería alta de autónomo como familiar de socio o administrador entiendo que no tiene bonificación, si fuese autónomo colaborador de un autónomo persona física sí tendría
Nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos – incluidos los de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial de Trabajadores del Mar- Bonificación del 50% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo correspondiente de cotización vigente en cada momento en el Régimen Especial de trabajo por cuenta propia que corresponda 18 meses
Tampoco se pueden acoger a la famosa tarifa plana para menores de 30 años, según  RDL 4/2013 y Ley 11/2013.
Aunque en caso de la otra ayuda vigente hombres menores de 30 y mujeres menores de 35, no lo tengo claro, creo que podrían...no veo exclusión..
Reducción en la cuota de autónomos para incorporados al RETA
La reducción se aplica a las nuevas altas en el RETA de hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35. Se podrán beneficiar de una reducción del 30% de la cuota de autónomos que resulte de aplicar sobre la base mínima de cotización el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento. Tendrá una duración de 15 meses desde el alta, y una bonificación del 30% en los 15 siguientes meses.
 

Ro

Miembro activo
Siguiendo con este tema de autónomos bonificaciones, os pongo un caso:
- Alta de autónomo colaborador de su esposa que es la titular del negocio. Este autónomo colaborador está de alta a jornada completa también por cuenta ajena.
Tenemos por tanto dos temas:
1. - Puede acogerse a bonificación según Ley 3/2012 ( 50% de bonificación durante 18 meses...) aunque sea trabajador por cuenta ajena en otra empresa.
2. - En caso de pluriactividad, tendría derecho según Ley 14/2013 a elegir base de 50% de la mínima ( 18 meses) y mínimo 75% de la base mínima ( otros 18meses) y no cotizar a contigencias comunes i.t.
Está claro que ambas son incompatibles, y en principio resultaría más ventajosa la segunda opción, sin embargo dadme vuestra opinión.
Entendéis que podría elegir una de las dos opciones a pesar de estar contratado a jornada completa y por cuenta ajena en otra empresa?
Saludos
 

Ro

Miembro activo
A ver chic@s no se os ha dado este caso nunca, autónomo colaborador y en pluriactividad? Puede elegir la bonificación de cualquiera de las opciones?
Animaros, gracias :)
 

naiza

Miembro
Buenas!!

Yo tengo una autónoma (no colaboradora) y en pluriactividad. Y tiene la bonificación de tarifa plana, no la dieron opción a bonificación por estar en situación de pluriactividad, se lo pusieron automáticamente. Entiendo que sería porque era más beneficioso para ella.

Un saludo
 

Ro

Miembro activo
El autónomo colaborador que yo sepa no puede acogerse a la tarifa plana.
Solo al 50% de la cuota por contingencias comunes.
En cuanto a la pluriactividad hay que solicitar el 50% ( como mínimo) de la base mínima en el momento del alta y la aplican durante 18 meses, y durante los 18 meses siguientes aplican como mínimo el 75% de la base mínima anual. Esta situación hay que solicitarla, no la hacen si el autónomo no la solicita.

Mi pregunta es si un autónomo colaborador puede solicitar la pluriactividad, como no he recibido respuestas ni a favor ni en contra en ningún lado, la solicitaré y a ver qué me dicen.

La otra pregunta es si un autónomo colaborador puede acogerse a la bonificación del 50% de la cuota si está en pluriactividad en este caso me dicen que sí, siempre q
 

Ro

Miembro activo
se me cortó la página.

Siempre que no solicité la pluriactividad según la artículo 28 de la Ley 14/2013, pues aquí en el punto 3 dice que esta medida será incompatible con cualquier otra bonificación o reducción ...

Está claro que a un autónomo le resulta más ventajoso si puede pagar reducido 18+18= 36 meses y no solo 18, por lo tanto optar por la pluriactividad. Sin embargo tenemos el lado negativo y es que la base es menor durante eses periodos, pero como cotiza a jornada completa en el régimen general y esta base servirá como suma cuando se jubile y aún queda mucho, pues mejor ahorrarse unos dinerillos si la ley lo permite. Pues si nos acogemos a la bonificación por autónomo colaborador (sí la base se mantiene) pero la ayuda solo es durante 18 meses.

Buen fin de semana!
 
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