AUTONOMOS Y NUEVO DECRETO

elchuske

Miembro conocido
Pues eso. Todo parece indicar porque así lo manifiesta el decreto que los autónomos seguirán cobrando y no pagando el recibo de autónomo. Se irán quitando las ayudas poco a poco. Las condiciones las mismas, justificar la bajada de ingresos que para un autónomo no es nada complicado, ya me entendéis, Pero para bonificarse hay que presentar a posteriori el 303 y el 130, bueno parece que ya a a haber control. Pero que pasa con los societarios, el 130 es imposible. sera que los societarios se quedan fuera¿¿??. que opináis
 

Sergei

Miembro conocido
Entiendo que los societarios deberán presentar los modelos de la sociedad.
Por lo que he entendido las bonificaciones del autónomo son para los que no pidan el cese. En cambio, los que piden la prolongación del cese deben pagar el autónomo. Lo entendí mal?
Para los que quieran hacer trampas con la facturación, espero que pidan no sólo el tercer trimestre de este año y anterior en caso de inspección.
 

elchuske

Miembro conocido
pero es que en la sociedad el modelo 111 no dice absolutamente nada, están incluidos los trabajadores y el societario. Creo que piden el 2T y 3T del año 2019 y 2020.
Pero que pasa los que iniciaron su actividad el noviembre. Se quedan sin nada.
Y por lo que dice el RD hay que solicitarlo a la mutus antes del 15/7.
Esto no esta claro, pero ya estamos acostumbrados
 

Saralaboral2

Miembro activo
Según art. 8.3 quien se aplique exención en seguridad social es incompatible con la prestación del cese. 
Esto quiere decir que los autónomos pueden escoger según su situación?
Para la prestación del cese si que hay que solicitarlo antes del 15/07.
Veo que las comprobaciones serán a posteori, y tener en cuenta los recargos en la devolución de las cuotas de Seguridad Social, no así en la prestación.
El lunes o martes esperaremos indicaciones de las mutuas.
 

Cachilipox

Miembro conocido
elchuske dijo:
Pero que pasa los que iniciaron su actividad el noviembre. Se quedan sin nada.

Los que a fecha 01/07/2020 no acrediten al menos 12 meses de antigüedad en RETA, no tiene derecho a la prestación, ya que esta vez es "a cuenta" del cese de actividad "ordinario", con sus reglas y requisitos, salvo este criterio-ventana de oportunidad "especial".

Si ya tenían el cese extraordinario COVID, solo les queda lo de la exoneración decreciente.
 

BLS

Nuevo miembro
Cachilipox dijo:
elchuske dijo:
Pero que pasa los que iniciaron su actividad el noviembre. Se quedan sin nada.

Los que a fecha 01/07/2020 no acrediten al menos 12 meses de antigüedad en RETA, no tiene derecho a la prestación, ya que esta vez es "a cuenta" del cese de actividad "ordinario", con sus reglas y requisitos, salvo este criterio-ventana de oportunidad "especial".

Si ya tenían el cese extraordinario COVID, solo les queda lo de la exoneración decreciente.
+1
 

carla

Miembro
Vamos a ver, o no haces nada y te bajan la couta RETA (100% la de julio, 50% la de agosto, 25% la de septiembre), o presentas en la MUTUA NUEVA SOLICITUD POR CESE DE ACTIVIDAD (para poder cobrar la prestacion y una exoneracion de la CC). Los requisitos en el segundo caso son llevar mas de una año de antiguedad, rend neto menor 1.75 veces el SMI, y facturacion menor al 75% relacionando 3rt trimestre 2020-3er trimestre 2019.
DUDAS GRANDE.....Como va a saber un autonomo si facturará un 75% menos al pedir la solicitud (antes del 15/07), hay que sacar una bola de cristal????
Respecto a autonomos socios, supongo que con la nomina ya valdrà ??

 

Sergei

Miembro conocido
Para vislumbrar si no llegan a facturar un 25 % de lo habitual diría que no hace falta la bola de cristal, basta con ver lo que se ha facturado en junio y hacer una pequeña proyección. Si se equivocan y facturan más, pues se devuelve en un futuro y listo.
Respecto a los societarios, más que en la nómina, creo que mutuas pediran el iva de la sociedad.
 

Pedro G

Miembro
Y luego están los autónomos que tributan por módulos... a ver cómo demuestras el descenso de la facturación.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Supongo que al menos tendrán una caja registradora, o llevarán las cuentas en una libretita,.....

Si ni ellos son capaces de acreditar el cumplimiento del requisito ¿que les lleva a pensar que tienen derecho a la prestación? ¿Mera envidia o sensación de que la vida es injusta?
 
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