Autorización residencia de larga duración caducada

yujurl

Miembro conocido
Hola, tengo una empresa que quiere contratar a una persona que tiene permiso de larga duración, pidió la renovación en dic de 2024 y le ha mandado el documento del resguardo, donde vienen los datos de la solicitud (dic 2024) y vencimiento en 2029. Doy por bueno esto o la empresa se pilla los dedos, me dice que la trabajadora solo ha dado ese papel...
 

Wastual

Miembro conocido
Hola Sergio @yujurl. Perdona, no debí percatarme del mensaje. Si se tiene concedido el permiso de residencia de larga duración, este es indefinido, no caduca y no necesita de renovación (art. 182 RLOEX-2025). Lo que sí precisa esto último es la Tarjeta de Identidad del Extranjero (TIE) -art. 185-. Y en efecto, como indicas, debido a que la misma sólo documenta lo primero, el "verdadero" motivo jurídico en absoluto se ve alterado por el incumplimiento de plazo o durante el tiempo de emisión (no se entrega con carácter inmediato, es necesario una segunda cita para su recogida): lo indica así el propio apdo. 3 del último precepto legal citado.
 

yujurl

Miembro conocido
Gracias por la respuesta, entiendo entonces que no tendría problema en dar el alta, al tener concedido el de larga duración.
 

Wastual

Miembro conocido
Gracias por la respuesta, entiendo entonces que no tendría problema en dar el alta, al tener concedido el de larga duración.
Correcto: la TIE es un elemento formal, en nada exacta a su derecho de residencia y trabajado que, como he indicado, no tiene fin alguno.
Lo “ideal” sería, para una total seguridad, que aportase el documento obtenido en su momento (quizás hace muchos años…) en el que le concedían tal derecho.
 
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