autorizacion residencia en Esapaña por razones de proteccion inernacional

olgaesro

Miembro
Buenos días:

No se si os ha pasado, pero me ha llegado una notificación que a una venezolana la han concedido residencia en España por razones de protección internacional de carácter humanitario, pero no especifica si esta concesión también vale para trabajo en cuenta ajena, vosotros sabéis algo?

Gracias.
 

fundación

Miembro conocido
Si hablamos de la tarjeta roja y es la primera, no autoriza a trabajar. Si después no ha obtenido resolución, debe renovarla por otra, la cual incorporará la mención expresa de «Autoriza a trabajar».
 
N

Nana

Guest
En principio, cuando dan ese permiso, es que han denegado el asilo que el trabajador solicitó, pero sí le conceden la protección internacional, y según confirmación con extranjería, sí permite trabajar (el mes pasado tuvimos un caso)

Pídeles la resolución, pero en mi caso pone esto:

Denegar el derecho de asilo así como la protección subsidiaria, y autorizar su residencia en España por razones de protección internacional de carácter humanitario en los términos previstos en el art. 37.B de la Ley 12/2009, de 30 de octubre y en el artículo 125 del reglamento de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado mediante Real Decreto 557/2011, de 20 de abril

Espero haberte ayudado un pelín  :)
 

fundación

Miembro conocido
Entiendo que podría ser esto, referido a venezolanos.

Proteccion-internacional-venezolanos.pdf-768x1086.jpg


 

olgaesro

Miembro
Buenos días:

Nana exactamente es lo que me pone a mi en la resolución, es lo mismo, entonces entiendo que tiene permiso para trabajar.

Gracias fundación por la información.

Un saludo.
 
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