Antonio M
Nuevo miembro
Hola a todos,mi nombre es Antonio y os voy a exponer mi casa que es un poco diferente.
Soy trabajador autónomo por cuenta propia y a la vez soy trabajador por cuenta ajena en el régimen agrario siendo fijo discontinuo.
El 26 de julio del 2023 tuve mi hija y solicité ambas ayudas (las primeras 6 semanas obligatorias) la de autónomo no tuve ningún problema,pero la de régimen agrario me dijo el funcionario de la seguridad social que no podía solicitarlo al no estar en ese momento trabajando. En ese momento estaba en situación de parada ya que se había acabado la campaña. Después de indagar y estar leyendo no lo tengo claro si ese derecho estaría ha mi favor,ya que según he leído no hay nada escrito en el BOE sobre ello,tan solo dice que las altas asimiladas pueden solicitarlo en el momento que te vuelve a llamar la empresa.
Ahora he continuado lo que me resta de autónomo y volví a preguntar sobre la ayuda por régimen agrario y sabiendo más o menos de lo que hablaba ya que consulté el BOE y me dijeron que podía tener razón y que consultaría a un experto de la seguridad social en ese tema. Hoy me han llamado y me dijeron que si,que tenía razón y estaba en su momento en mi derecho,pero que ya no puedo solicitarlo ya que según ellos han pasado tres meses que había de plazo.
He estado mirando eso de los tres meses esos que dicen los de la SS y yo no encuentro nada al respecto, alguien sabe algo de esos tres meses que dicen que vienen en el estatuto del régimen del campo? Se podría intentar hacer algo?
Gracias!!
Soy trabajador autónomo por cuenta propia y a la vez soy trabajador por cuenta ajena en el régimen agrario siendo fijo discontinuo.
El 26 de julio del 2023 tuve mi hija y solicité ambas ayudas (las primeras 6 semanas obligatorias) la de autónomo no tuve ningún problema,pero la de régimen agrario me dijo el funcionario de la seguridad social que no podía solicitarlo al no estar en ese momento trabajando. En ese momento estaba en situación de parada ya que se había acabado la campaña. Después de indagar y estar leyendo no lo tengo claro si ese derecho estaría ha mi favor,ya que según he leído no hay nada escrito en el BOE sobre ello,tan solo dice que las altas asimiladas pueden solicitarlo en el momento que te vuelve a llamar la empresa.
Ahora he continuado lo que me resta de autónomo y volví a preguntar sobre la ayuda por régimen agrario y sabiendo más o menos de lo que hablaba ya que consulté el BOE y me dijeron que podía tener razón y que consultaría a un experto de la seguridad social en ese tema. Hoy me han llamado y me dijeron que si,que tenía razón y estaba en su momento en mi derecho,pero que ya no puedo solicitarlo ya que según ellos han pasado tres meses que había de plazo.
He estado mirando eso de los tres meses esos que dicen los de la SS y yo no encuentro nada al respecto, alguien sabe algo de esos tres meses que dicen que vienen en el estatuto del régimen del campo? Se podría intentar hacer algo?
Gracias!!