Ayuda calculo de vacaciones con resolución NO REVISABLE de IPT

MARIA88

Miembro activo
Buenos dias, tengo la resolución definitiva de la IPT sin revisión.
Ya me han puesto por CASIA en plazo el alta y la baja del 12/03/2026 con la inactividad Z y código 58, puesto que los efectos de esta IPT son desde el 13/03/2026.

Mi duda es sobre el calculo se los días de vacaciones que le corresponden al trabajador, las fechas serian:
Desde el 29/07/2024 (baja médica) hasta el 24/01/2026 (cumple los 545 días , qu fué lo di de baja en Red)
A mi me salen de vacaciones: 30 dias de 2024/ 30 dias de 2025 y 2 dias de 2026 =TOTAL 62 dias de vacaciones ¿es correcto el calculo? EL CONVENIO NO DICE NADA.
Mil gracias
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Ojo que, en principio, tras la baja (recordemos, a los solos efectos de dejar de cotizar la empresa por ese trabajador) y hasta la resolución sobre la IP (o, en is caso, alta) se siguen devengando vacaciones.
 

MARIA88

Miembro activo
Ojo que, en principio, tras la baja (recordemos, a los solos efectos de dejar de cotizar la empresa por ese trabajador) y hasta la resolución sobre la IP (o, en is caso, alta) se siguen devengando vacaciones.
Hola Nando, entonces el periodo de vacaciones a contar seria desde el 29/07/2024 al 12/03/2026?? Es correcto?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Hola Nando, entonces el periodo de vacaciones a contar seria desde el 29/07/2024 al 12/03/2026?? Es correcto?
Las vacaciones que le pudieron quedar pendientes de 2024 (esto es, las devengadas durante todo ese año y pendientes de disfrute), todas las devengadas durante 2025 y las devengadas desde inicio de 2026 hasta el 12/03/2026.
Vaya, al menos eso es lo que yo reclamaría si fuera el trabajador o el asesor del trabajador.
 
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