AYUDA EN CONVENIO COLECTIVO POR CADA HIJO

GEMMAMAT

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BUENOS DÍAS:

UNA AYUDA POR CADA HIJO COMPRENDIDO ENTRE LOS 2 Y LOS 11 AÑOS, ESTABLECIDA EN C.C, ES COTIZABLE, VERDAD??

EL CONVENIO NO INDICA NADA, SIMPLEMENTE QUE EN SEPTIEMBRE CADA TRABAJADOR CON HIJOS DE ESAS EDADES PERCIBIRAN 100 € POR HIJO.

GRACIAS.-

GEMMA
 

Javier Payroll

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Hola Gemma, debes cotizarlo.

Desde la publicacion del Real Decreto 637/2014 de 25 de julio cualquier tipo de ayuda debe incluirse en la base de cotización.

Y te recomiendo que ante la duda lo pongas a cotizar, son muy pocas las retribuciones no cotizables después de este decretazo, básicamente pueden excluirse estos conceptos:

- Gastos de manutencion y estancia con los límites legales (Dietas)
- Gatos de Locomoción (títulos de transporte y kilometraje hasta 0,19 €/km)
- Mejoras de las prestaciones directas de la SS (Complemento IT)
- Gastos de capacitación o reciclaje profesional (especie formación)
- Indemnizaciones Legales por despidos (previa conciliación en el SMAC)
- Indemnizaciones Legales por suspension de contrato
- Indemnización por Traslado y Fallecimiento

Poco más puede quedarse sin cotizar a la Seguridad Social.

Espero haberte ayudado.






 
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