Ayudica please

N

Nana

Guest
Hola compañeros

me han planteado un caso que no sé por donde pillarlo, o estoy muy espesa o me estoy volviendo tonta del tó  :-\

Administrador SL, cargo gratuito, la SL alquila una casa y, expresamente en el contrato de alquiler, se establece que será el administrador el que viva allí.

Primero, tendría que modificar el cargo y ponerlo como retribuido, ¿verdad? Aplicando el 19% que la cifra neta es inferior a 100.000€
Segundo, ¿puedo hacer una nomina solo con salario en especie  :eek:? Yo ya no sé si estoy mezclando churras con merinas pero creo que no puedo
Tercero, en el caso que no se pueda, ¿Cómo lo informo en el 111 y 190? Al final me toca meterlo a mano ;D

Gracias!
 

Cachilipox

Miembro conocido
Si en estatutos figura como cargo gratuito, quiere decir que la retribución (cualquier retribución, dineraria o en especie), no es deducible parta el ISoc. Es como el reparto de dividendos o cualquier otra forma de retribución de los fondos propios.

Para el IRPF del perceptor, al ser una retribución derivada de forma directa de su condición de administrados, a todos los efectos es renta del trabajo.
El pago a cuenta de dicha renta en especie es el que corresponde por su calidad de administrador y volumen de negocio (el 19 %).
Como cualquier pago a cuenta por rendimientos en especie, se puede repercutir o no repercutir. En este caso (no repercusión), el importe íntegro por el que deberá declarar el administrador en su IRPF es la suma del alquiler no pagado más el pago a cuenta no repercutido.

Lo suyo es hacer concordante los gastos de la SL con los ingresos o rentas "por actividad" de su órgano de administración.
 
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