BAJA MATERNIDAD AUTONOMA

Buenas tardes, tengo una empresa la cual la empresaria (autónoma) esta embarazada y sale de cuentas en septiembre. Se que la baja de maternidad son 16 semanas de las cuales las 6 primeras son interrumpidas, el resto se puede disfrutar por semanas hasta alcanzar las 16.
Mi duda es si al ser autónoma tiene que disfrutar las 6 semanas ininterrumpidas nada mas dar a luz o puede disfrutar las 16 semanas cuando ella las solicite? Ella me ha dicho que quiere disfrutar de su maternidad pero que no quiere coger la baja nada mas que de a luz, si no mas tarde pero por semanas sueltas. ¿Es esto posible? ¿Puede coger la baja por ejemplo un mes después de dar a luz sin tener que disfrutar las 6 semanas ininterrumpidas?
Ojala alguien por aquí que me saque de dudas.

😉
 

MarLo

Miembro conocido
Buenas tardes, tengo una empresa la cual la empresaria (autónoma) esta embarazada y sale de cuentas en septiembre. Se que la baja de maternidad son 16 semanas de las cuales las 6 primeras son interrumpidas, el resto se puede disfrutar por semanas hasta alcanzar las 16.
Mi duda es si al ser autónoma tiene que disfrutar las 6 semanas ininterrumpidas nada mas dar a luz o puede disfrutar las 16 semanas cuando ella las solicite? Ella me ha dicho que quiere disfrutar de su maternidad pero que no quiere coger la baja nada mas que de a luz, si no mas tarde pero por semanas sueltas. ¿Es esto posible? ¿Puede coger la baja por ejemplo un mes después de dar a luz sin tener que disfrutar las 6 semanas ininterrumpidas?
Ojala alguien por aquí que me saque de dudas.

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6 semanas obligatorias al tener el hijo (bueno, puede adelantar unas semanas antes del nacimiento)... tras el descanso obligatorio de las 6 semanas, si le interesa, tiene la opción del descanso por nacimiento a tiempo parcial

 
Última edición:

IVO

Miembro activo
El descanso por maternidad tiene 6 semanas obligatorias tras el parto y luego ya puede elegir por periodos de semanas sueltos o disfrutar la maternidad a tiempo parcial. Ahora bien pero si las va a coger sueltas que tenga cuidado porque si solo coge semanas sueltas no aplicarian bonificacion en la cuota de autonomos por esas semanas . me paso con un padre que cogio las obligatorias y luego cogio de dos en dos y luego la seguridad social le reclamo la cuota bonificada por esas semanas ya que no llegaban a un minimo de un mes segun el articulo 38. de la Ley 20/2007
 
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