BAJA POR ABSENTISMO

bibiana

Nuevo miembro
Buenos días y Feliz año:
Tengo un trabajador que lleva sin venir a trabajar desde el día 30 de diciembre. En total con hoy son 4 días hábiles pero naturales más. Lo hemos llamado y dice que está malo pero que no ha ido al médico, sólo a Urgencias dos veces. Le he dicho que tiene que traerme una baja médica pero se niega. Es senegalés y dice que no entiende bien los papeles pero qué clase de motivo es ese para no traerme la baja si ya le he explicado lo que tiene que hacer.
Mi pregunta es, ¿puedo despedirlo? El periodo de prueba era de 15 días así q no me vale ese motivo.
Lleva trabajando desde Noviembre nada más en la empresa. Si nos denunciara tampoco sería mucho la indemnización.
¿Me aconsejáis?
 

MarLo

Miembro conocido
Buenos días y Feliz año:
Tengo un trabajador que lleva sin venir a trabajar desde el día 30 de diciembre. En total con hoy son 4 días hábiles pero naturales más. Lo hemos llamado y dice que está malo pero que no ha ido al médico, sólo a Urgencias dos veces. Le he dicho que tiene que traerme una baja médica pero se niega. Es senegalés y dice que no entiende bien los papeles pero qué clase de motivo es ese para no traerme la baja si ya le he explicado lo que tiene que hacer.
Mi pregunta es, ¿puedo despedirlo? El periodo de prueba era de 15 días así q no me vale ese motivo.
Lleva trabajando desde Noviembre nada más en la empresa. Si nos denunciara tampoco sería mucho la indemnización.
¿Me aconsejáis?
Hola, ¿Eres asesoría o empresa? Si eres empresa ponte en contacto con tu asesoría y te podrán aconsejar en un caso como el que expones. Tan sólo quería indicarte que ahora ya no es obligatorio que el trabajador aporte documentación de la baja médica (esa información llega a través de las asesorías). En cuanto a las faltas sin baja médica, como dices que el trabajador ha ido a urgencias, podría ser que tenga justificación de las mismas, al menos en los días que haya ido a urgencias y/o con recomendación de reposo. En el despido por faltas injustificadas, el número de faltas que den lugar a un despido, puede variar según convenio (tres días, cuatro días...). Además, hay sentencias recientes en el que se obliga a hacer un trámite de audiencia al empleado antes de tramitar el despido para conocer las circunstancias en las que se encuentra el trabajador. Para tu caso sería lo más aconsejable (lo exija o no lo exija el convenio). Un saludo
 
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