Espero que me podais ayudar. Cuando al trabajador se le da de baja por agotamiento de IT, si le dan el alta una vez que la empresa le ha dado de baja por agotamiento de IT, ¿tiene derecho a reincorporarse o por lo contrario es una baja ya definitiva? ¿Tendría derecho a las vacaciones que no ha disfrutado durante el período de IT aunque sean años naturales diferentes? Muchas gracias por vuestra ayuda. Un saludo,