Buenas.
Tengo dudas en los casos de autónomo. Sé que en el régimen general en caso de accte el trabajador acude a la mutua y si es enfermedad común no; pero
en el caso de los autónomos si la IT es por contingencias comunes puede acudir a la mutua en vez del médico de cabecera?
Es que por lo que veo en su alta indica it por cc incluido y acctes no.
Tengo dudas en los casos de autónomo. Sé que en el régimen general en caso de accte el trabajador acude a la mutua y si es enfermedad común no; pero
en el caso de los autónomos si la IT es por contingencias comunes puede acudir a la mutua en vez del médico de cabecera?
Es que por lo que veo en su alta indica it por cc incluido y acctes no.