Baja por IT. Se pagan 30 o 31 diás

Novata80

Nuevo miembro
Si un trabajador que tiene salario mensual está de baja en un mes de 30 días, se pagan 30 o 31 días?

- En nuestro caso si es febrero por ejemplo le pagan 28 días.
- Si está solo 5 días de baja en mes de 31 días, se le pagan 5 de IT y 26 de salario haciendo un total de 31 días.

Pero si está de baja el mes completo, le pagan solamente 30 días de IT. No entiendo por qué si yo tengo una baja corta me pagan 31 días en total y se tengo una baja durante todo el mes me pagan 30.

¿Sería correcto?
 

campus34

Miembro conocido
Es un tema que  me costó entender, pero funciona así:

1.- Pago: Días de baja (los que sean), Días de alta (30 - baja)
2.- Cotización: Días de alta (los que sean), Días de baja (30- alta)

Imagínate que en Mayo, la persona está de IT del 1 al 5.

- Pago: 5 días de baja + 25 días de alta
- Cotización: 26 días de alta + 4 días de baja

Imagínate que en Febrero, la persona está de IT el día 1.

- Pago: 1 día de baja + 29 días de alta
- Cotización: 27 días de alta + 3 días de baja

Imagínate que en Julio, la persona está todo el mes de baja

- Pago: 31 días de baja
- Cotización: 30 días de baja

No tiene lógica a mi entender, pero funciona así.

Me ha pasado varias veces tener que explicar a empleados lo siguiente: La nómina la recibe el día 25 (y llevaba de baja todo el mes, en un mes de 31 días). Luego le dan de alta. Le rehago la nómina y el empleado cobra menos. Pues le tengo que explicar que si hubiese seguido de baja todo el mes, hubiera cobrado a razón de 31 días, pero al darse de alta cobra a razón de 30 días.

No lo entienden, pero funciona así.

Obviamente, salvo mejor opinión.

Saludos,
 

Novata80

Nuevo miembro
Entonces si un trabajador está todo el mes de Febrero de baja, se pagarían 28 y se cotizarían 30?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
A ver... la verdad es que cada vez estoy más out en tema de nóminas y cotización (si hay algo novedoso que me haya perdido, ya me advertiréis de ello), pero entiendo que estamos confundiendo algo que es un criterio (y relativamente novedoso, de hace poquitos años) respecto a cotización (ya con Siltra, el cuadre a 30 días cuando hay varios tramos y uno es de IT, maternidad, etc) con retribución.

El tema lo hemos abordado varias veces en este mismo foro, sobretodo cuando fue novedad. Recupero aquí uno de los post, en el que yo comentaba como lo había solventado para cotizar de acuerdo con las nuevas pautas pero, en caso de trabajadores con salario mensual, que acabaran percibiendo 30 días (a pesar de que puedan cotizar, según el mes, 31, 28 o 29 días)

http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=18061.0

Resumiendo, al final se cotizan por los días que corresponde de forma global por todos los tramos, pero (además, como en  nuestro caso complementamos hasta el 100% del salario) para asegurar el percibir la retribución mensual (la que corresponde a 30 días y que, de estar de alta todo el mes, seguiría siendo de 30 días, se trate de febrero o de un mes de 31 días), creamos un complemento, negativo y equivalente al salario de un día los meses de 31 días, y positivo y equivalente a 3 días (o 2 días los años bisiestos) para febrero. Creo que el resultado es más o menos equivalente al que plantea campus34.

Saludos
 
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