ABG_LABORAL
Miembro
Buenas tardes, tengo una duda. Trabajadora que estaba de baja médica por enfermedad común, le dan el alta en febrero 2025, durante este periodo estaba cobrando el complemento de IT, ya que superó los 90 días de baja y según convenio le correspondía. Ahora en Marzo de 2025 vuelve a ser baja por recaída del proceso anterior, ¿se le tiene que mantener el complemento por IT o solo es en el caso de nuevas bajas y ya no le correspondería el complemento? Adjunto el artículo del convenio por si algún compañero/a me puede ayudar. Gracias!!