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Buenos días. Necesitaría ayuda para este trámite:
POR SENTENCIA JUDICIAL SE DECLARA EXTINGUIDO EL CONTRATO DE TRABAJO DE TRES EMPLEADOS CON FECHA 10/DICIEMBRE/2015
Una de las trabajadoras está de baja por I.T. y se ha entregado último parte de confirmación con fecha 12/12/15.
La trabajadora que la sustituye está trabajando hasta el 29/12/2015.
Los otros dos empleadoss prestan sus servicios a la empresa hasta el 22/12/2015, fecha en la que reciben la notificación de la sentencia. A partir de entonces no vuelven a trabajar más.
Esta notificación ha llegado a los empleados pero no a la empresa, que solo tiene una fotocopia que ha facilitado uno de ellos.
No es sentencia firme. Se va a recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia.
PUES BIEN, VOY A LA TESORERIA A PEDIR INFORMACIÓN SOBRE QUÉ FECHAS SON LAS QUE DEBO HACER LOS TRAMITES PERTINENTES Y ME DICEN:
"Ufff, una sentencia? Yo no me voy a complicar la vida con una sentencia. Si el dpto jurídico de aquí, que se tocan los huevos (literal
), no dicen qué hacer no voy a comerme yo el marrón.
- Entonces qué hago?
- Ven a hablar pasadas las fiestas con Fulanito, porque como ves todo el mundo está de vacaciones.
- Puedo yo hablar con el dpto jurídico?
- No. Para nada.
- Tengo que hacer la nómina de Diciembre. En enero comienzo en Siltra Real y esto no va a ver quien lo cuadre.
- Ya, ya. No es ni una sentencia firme. Es un marron, porque después donde dije digo, digo Diego."
Y HASTA AQUI LA ATENCION DE NUESTRO QUERIDO FUNCIONARIO DEL ESTADO.
Alguien que pueda arrojar luz en este pozo. Eternamente agradecida. :-\
POR SENTENCIA JUDICIAL SE DECLARA EXTINGUIDO EL CONTRATO DE TRABAJO DE TRES EMPLEADOS CON FECHA 10/DICIEMBRE/2015
Una de las trabajadoras está de baja por I.T. y se ha entregado último parte de confirmación con fecha 12/12/15.
La trabajadora que la sustituye está trabajando hasta el 29/12/2015.
Los otros dos empleadoss prestan sus servicios a la empresa hasta el 22/12/2015, fecha en la que reciben la notificación de la sentencia. A partir de entonces no vuelven a trabajar más.
Esta notificación ha llegado a los empleados pero no a la empresa, que solo tiene una fotocopia que ha facilitado uno de ellos.
No es sentencia firme. Se va a recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia.
PUES BIEN, VOY A LA TESORERIA A PEDIR INFORMACIÓN SOBRE QUÉ FECHAS SON LAS QUE DEBO HACER LOS TRAMITES PERTINENTES Y ME DICEN:
"Ufff, una sentencia? Yo no me voy a complicar la vida con una sentencia. Si el dpto jurídico de aquí, que se tocan los huevos (literal
- Entonces qué hago?
- Ven a hablar pasadas las fiestas con Fulanito, porque como ves todo el mundo está de vacaciones.
- Puedo yo hablar con el dpto jurídico?
- No. Para nada.
- Tengo que hacer la nómina de Diciembre. En enero comienzo en Siltra Real y esto no va a ver quien lo cuadre.
- Ya, ya. No es ni una sentencia firme. Es un marron, porque después donde dije digo, digo Diego."
Y HASTA AQUI LA ATENCION DE NUESTRO QUERIDO FUNCIONARIO DEL ESTADO.
Alguien que pueda arrojar luz en este pozo. Eternamente agradecida. :-\