baja previa de autonomos

Nikki_sp

Miembro conocido
¿ALguien se ha preguntado como se haria?

Porque hacienda siempre dice el modelo 036 de baja debe de ser posterior a la fecha de baja. Por lo que no podria ser la baja previa nunca en TGSS
 
N

Nana

Guest
Creo entender que las bajas siguen como hasta ahora, tres dias desde la fecha del cese de actividad
 

Nikki_sp

Miembro conocido
En relación con lo anteriormente indicado y al objeto de facilitar los trámites de los usuarios, se permitirá la
anotación de bajas previas, hasta 60 días antes de la fecha de finalización de la actividad. Se mantiene no obstante,
el plazo de 3 días posteriores al día de cese en la actividad autónoma, a efectos de la comunicación de la baja en
plazo reglamentario.
 
N

Nana

Guest
Mientras en AEAT no se puedan tramitar bajas previas, la opcion de los 60 dias de TGSS no es posible (a mi entender, vamos, papel mojado)

Lo guay seria que ambas administraciones se pusieran de acuerdo y tuvieran los mismos plazos ;)
 
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