BAJA VOLUNTARIA Y VACACIONES NO DISFRUTADAS

GLORIAFR

Nuevo miembro
El trabajador presenta a la empresa carta de baja voluntaria con el preaviso establecido en el convenio de 15 días. EL trabajador ha devengado 5 días de vacaciones hasta la fecha que causa baja. La empresa le invita a que disfrute de los dias de vacaciones que le corresponden, para no tener que pagarlos en el finiquito....
El trabajador se niega a disfrutar de las vacaciones
¿El trabajador tiene derecho a que se le retribuyan los 5 días de vacaciones no disfrutados en el finiquito?
 

MarLo

Miembro conocido
El trabajador presenta a la empresa carta de baja voluntaria con el preaviso establecido en el convenio de 15 días. EL trabajador ha devengado 5 días de vacaciones hasta la fecha que causa baja. La empresa le invita a que disfrute de los dias de vacaciones que le corresponden, para no tener que pagarlos en el finiquito....
El trabajador se niega a disfrutar de las vacaciones
¿El trabajador tiene derecho a que se le retribuyan los 5 días de vacaciones no disfrutados en el finiquito?
De entrada, sí. También sucede al contrario, cuando en el despido objetivo se dan los 15 días de preaviso y la empresa intenta que en esos días se vaya el trabajador de vacaciones. No está el trabajador obligado a hacerlo sino coincide con un periodo de vacaciones previamente pactado
 

GLORIAFR

Nuevo miembro
Hay una sentencia del TJUE en la cual dice que el trabajador perderá estos derechos si el empresario le ha permitido tomarse esos días, informando adecuadamente de ello, y él se ha abstenido de forma deliberada y consciente de tomar esas vacaciones.
Sin embargo, si el empresario aporta pruebas de esa oposición a cogerse los días el derecho de la Unión no se opone a la pérdida de este derecho, ni en caso de que acabe la relación laboral, a la falta de compensación económica consiguiente por las vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas. la sentencia es STJUE 22 de septiembre de 2022 (Asunto C-120/2021))
 

africallora

Miembro conocido
Bueno, pero cuando la sentencia del TJUE dice «que el trabajador perderá estos derechos si el empresario le ha permitido tomarse esos días, informando adecuadamente de ello, y él se ha abstenido de forma deliberada y consciente de tomar esas vacaciones» Se ha de dar mayúscula importancia al texto entrecomillado que he puesto en negrita, pues se refiere a que el empresario le ha informado (adecuadamente) según la legislación vigente. En este caso, según lo dispuesto en el art. 38 del ET.

Y de él, está vulnerando el art. 38.2 (de común acuerdo con el trabajador o de conformidad con lo establecido en los convenios) Y el art. 38.3. (El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute).

Por lo tanto, lo que dice esa sentencia, no procede aplicarlo en este caso.

Todos los asesores intentamos, cuando nos lo piden, dar las vacaciones no disfrutadas en los periodos de preaviso. Pero la potestad de cogerlas o no, es única del trabajador.

A no ser, como bien dice @MarLo , que ya estuviesen programadas para dicha fecha en cuestión.
 

MarLo

Miembro conocido
La sentencia de Gloriafr es interesante, pero en este caso estoy con africallora. Una cosa es que el empresario posibilite ejercer el derecho a las vacaciones, y otro distinto, es que posibilite ese ejercicio en las fechas que él quiera y le vengan bien sin mutuo acuerdo
 
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