Baja voluntaria

josgalan

Miembro
Hola,

Me gustaría saber si solicito la baja de mi empresa durante el período de pruebas, despues puedo solicitar el paro.

Gracias.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Partiendo de la base de que reunas el periodo de cotizacion exigido...

1) si pides tú la baja, nunca vas a tener derecho a la prestación de desempleo

2) si es a instancia de la empresa por entender que no superas el periodo de prueba depende:
  - si con anterioridad a tu incorporación estabas en situación legal de despempleo, sí tienes derecho a la prestación
  - si  con anterioridad a tu incorporación habías causado baja en otra empresa que no te hacía estar en situación legal de desempleo dependerá de si han pasado o no más de 3 meses desde esa anterior baja

Saludos

 

CHARO

Miembro conocido
Perdona Nando, pero yo tenía entendido que durante el período de prueba tanto la empresa como el trabajador podían renunciar al contrato, siendo esta causa legal de desempleo, siempre he seguido este criterio. ¿Estoy equivocada quizás?.
 

calamog

Miembro
CHARO dijo:
Perdona Nando, pero yo tenía entendido que durante el período de prueba tanto la empresa como el trabajador podían renunciar al contrato, siendo esta causa legal de desempleo, siempre he seguido este criterio. ¿Estoy equivocada quizás?.
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Ahora en el certif. de Empresa, se certifica la baja por fin periodo de prueba:

-Cese en periodo de prueba a instancias del empresario ( Si desempleo)
-Cese ....... a instancia del trabajador ( no desempleo).

saludos.
 

martel

Miembro
Lo mismo pasa con el fin de contrato
-Fin de contrato temporal a instancia del trabajador (Causa 12) NO PARO (Lo consideran Baja Voluntaria)
-Fin de contrato temporal a instancia del empresario (Causa 11) SI PARO
Al menos es el criterio en los casos que he tenido.

Saludos,
 

CHARO

Miembro conocido
Vaya, pues parece que he seguido siempre un criterio como muy mío ¿no?. De todas formas no me parece, en el caso del período de prueba, muy justo que la empresa pueda resolver el contrato sin ningún tipo de consecuencia (no interpretandose despido), mientras que en el caso del trabajador se pueda interpretar como una baja voluntaria, cuando en principio lo períodos de prueba serviarían para cercionarse si el trabajador y el trabajo son del tipo de perfil que uno y otro esta buscando.
En lo del contrato si que lo tenía claro. En fin será cuestión de cambiar el chip, ó no............
 

Nando_bcn

Miembro conocido
calamog dijo:
CHARO dijo:
Perdona Nando, pero yo tenía entendido que durante el período de prueba tanto la empresa como el trabajador podían renunciar al contrato, siendo esta causa legal de desempleo, siempre he seguido este criterio. ¿Estoy equivocada quizás?.
--------------------------------------------------------------------------------------------------
Ahora en el certif. de Empresa, se certifica la baja por fin periodo de prueba:

-Cese en periodo de prueba a instancias del empresario ( Si desempleo)
-Cese ....... a instancia del trabajador ( no desempleo).

saludos.

Repito, aunque el cese por no superación del periodo de prueba sea a instancia del empresario, si no han transcurrido al menos 3 meses desde una baja anterior que supusiera estar en situación legal de desempleo (por ej. una baja voluntaria) no se está en situación legal de desempleo (por tanto, no hay derecho a prestación).

Y es que así lo establece expresamente el art. 208 de la LGSS

Y Charo, tal vez te parezca injusto pero es lo que hay, y no es de extrañar que cada vez haya más limitaciones dado el abuso que de esta prestación se hace (ya sabéis, ahora me contrata un colega, ahora pacto un despido con la empresa para poderme preparar unas oposiciones, ahora dejo de acudir unos días al trabajo porque así sé que me vana despedir ya que lo de la baja voluntaria por abandono del puesto de trabajo les da un poco de respeto, etc.) y, como nunca me cansaré de repetir, para colmo en ocasiones se promociona ese abuso y fraude desde un foro público y "legal" como éste. Al final cada vez lo tendrán peor los que realmente lo necesitan y estén de verdad en situación de desempleo (en el sentido de involuntaria, que en sentido estrictamente legal ya se irá cuidando el legislador de irlo adecuando al momento).

Y piensa que, al igual que comentabamos con las bajas de IT, a menudo pagarán justos por pecadores, pero piensa Charo que si no fuera por éste límite, por ej. quiero obtener la prestacion de desempleo por por el morro (para irme a vivir con mi novia de Lugo, estudiar oposiciones, tomarme un año sabático, etc, y la situacion no es la de que la empresa piense despedirme), presento la baja voluntaria, obviamente no tengo derecho a paro, cojo el primer contrato que me sale (real o acordado con algún colega) y a los pocos días o semanas digo, "verán señores, es que he llegado a la conclusión de que mi nueva empresa no supera el periodo de prueba, así que extingo la relacion laboral por este motivo y a instancia mia y s´rivanse concederme la prestación de desempleo"
Y eso noooooo!
¿que habrán casos reales?, claro que así, pero ya sebes, somos el pais de la chapuza y el fraude y así nos va.
Y al paso que vamos, no nos extrañe que cadas vez sigan habiendo mñás restiucciones y las prestaciones sean más exiguas.

Saludos
 

CHARO

Miembro conocido
Pues si Nando tienes más razón que un santo, lo que pasa es que yo gusto de pensar que siempre existe la buena fe hasta que se demuestre lo contrario, pero parece ser que no es así, en otro Post que puse hace unos días explicaba el caso de una empresa a la que uno de sus trabajadores de pidió la baja voluntaria verbalmente, el empresario en su santa inocencia lo da de baja en la fecha indicada de la forma indica, a los pocos días tras firmar el finiquito donde claramente ponía CAUSA DE LA BAJA CESE VOLUNTARIO, el trabajador aparece pidiendo que le cambien la causa de la baja en el Certificado, por que no le dan el paro, ante la negativa de la empresa (y mía dicho sea de paso), hoy recibo un burofax del trabajador diciendo textualmente "HABIENDO SIDO DESPEDIDO VERBALMENTE EN FECHA  XX-XX-XX SOLICITO LA READMISION A MI PUESTO DE TRABAJO O CARTA DE DESPIDO". Hoy enviaré contestación al mismo dando por buena su reincorporación, que sé que eso le va a putear. Pero aprovechando que ya os he soltado este rollo, ¿creís que la empresa pueda tener algún problema?, el caso es que existen 2 testigos a parte del gerente de su renuncia voluntaria, y que él mismo en su Burofax solicita esa reincorporación. Yo creó que se le esta dando lo que pide, aúnque no sea precisamente lo que quiere. ¿Como lo veís?¿puede el trabajador negarse a la reincorporación e insistir en el despido?. Gracias a todos.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero es que de eso debemos aprender, Charo, NUNCA PODEMOS ADMITIR UNA BAJA VOLUNTARIA VERBAL, REPITO, NUNCA!!. El trabajador puede tener morro pero la empresa o sus asesores han pecado de una candidez imperdonable.

Pero respecto al fondo del asunto, entiendo que la empresa no ha de tener ningún problema para reincorporarlo y si sabe que lo que quiere es el despido, y aún siendo consciente del desgaste que implican este tipo de pulsos, no se lo pondría fácil y, de momento, lo cosería a sanciones (de empleo y sueldo, tocándole el bolsillo, que es donde más pica), pero siempre haciendo las cosas bien (requerimientos formales, evidencias de incumplimientos...), ahora, si lo que quere es hacer valer lo de la baja voluntaria, si tiene testigos y un finiquito firmado en el que se hace constar que es una baja voluntaria, puede ser defendible, pero siempre será algo que el juez de turno deberá valorar en su momento y seguro que lo de no exigir la baja voluntaria por escrito puede ser un punto débil de la empresa. Pero vaya, defensa puede tener, es cuestión de conocer más los detalle y de que contéis con los servicios de un buen abogado.

Saludos
 
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