BASE REGULADORA IT JORN PARCIAL CUANDO EN LOS TRES MESES ANTERIORES HA HABIDO SUSPENSIÓN EMPLEO

Amanda

Miembro
Buenos días a todos,

En relación al RDL 11/2024, de 23 de diciembre, tengo una duda existencial.

La trabajadora tiene una antigüedad desde 2022. No obstante, desde el 04.02.25 hasta el 29.05.25, la sancionan con suspensión de empleo y sueldo (sin cotización, obviamente). Se reincorpora el 29.05.25 y el 01.07.25 coge la baja por contingencias comunes.

A3 calcula la base reguladora teniendo en cuenta los tres últimos meses inmediatamente anteriores al mes previo del hecho causante. Es decir, tomo como base para el cálculo los tres días de mayo junto con la base de esa nómina. Yo creo que este cálculo esta bien ya que no existen nóminas anteriores porqué estaba suspendida.

La empresa (mi cliente) me reasegura que no está bien, que tengo que tener en cuenta las nóminas de enero y febrero para el cálculo de la base reguladora.

¿Qué opináis?
 

Wastual

Miembro conocido
Opino que el programa de nóminas ha actuado correctamente. Y es que la dicción literal del art. 248.1.c) -cuya redacción vigente es la resultante de la reforma has mencionado- es la siguiente:
La base reguladora diaria de la prestación por incapacidad temporal será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización a tiempo parcial acreditadas desde la última alta, con un máximo de tres meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante, entre el número de días naturales comprendidos en el período

Es decir, lo que se prioriza es el último alta y, solo entonces, se limita temporalmente el máximo del promedio a realizar. Y en este caso, el último movimiento de tal tipo es el del 29.05.25. El cual, además, se encuentra plenamente justificado: durante la suspensión de empleo y sueldo la norma no impone la obligación de continuar con la cotización, por lo que, tal decisión debe grabarse así, ya que es la única manera de cumplir con tal extremo (aunque el vínculo contractual siga vigente -solo suspendido-).

Edit: he pisado al compañero @fundación, pero idéntica respuesta. Me he permitido extenderme un poquito más por si te resulta de ayuda a la hora de elaborar la respuesta que darás a la empresa.
 
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