Pues debería revisar ahora la normativa, por si no va la cosa con los partes de confirmación, aunque creo que sí (eso Javier seguro que puede confirmárnoslo), pero igual mi empresa es la unica en España tan tonta `para poner el máximo celo en comunicar dentro de los 5 dias tanto los partes de baja como los de confirmación y alta.
Y es más, en algunas ocasiones hemos recibido alguna advertencia de la SS. por retrasos (obiamente siempre debidos al retraso, a su vez, de los trabajadores en entregarlos a la empresa), aunque ahora debéría confirmar si alguna de esas advertencias era debida al retraso en la comunicacion de un parte de confirmación (pero tambien creo recordar que si). Es un aviso respecto al incumplimiento de enviarlos en plazo y al tiempo que advertencia sobre posibles sanciones si esos retrasos vuelven a darse (aunque, es cierto, la sancion no es muy alta).
¿Que como conseguimos que el trabajador no se olvide el parte en la guantera, etc,? Bueno, milagros no podemos hacer (de ahi que hayamos recobido alguno de esos avisos comentados), pero está claro que minimizamos esa posibilidad por varias vías:
- informando/recordando en comunicados de empresa y la BBDD de normativa interna la obligacion de presentar los parten en el plazo máximo de 3 días
- remtiendo un aviso sistemáticamente a aquellos trabajadores que los han presentado con retraso, informandoles de los perjuicios que a su vez pueden derivarse para la empresa por esa faltsa de diligencia
- amonestando ya formalmente a los reincidentes y avisándoles de la posibilidad de adoptar medias discipplinarias más severas si se reincide
- tratando de que desde cada depto. nos avisen (a RRHH) de las ausencias así como, de concoerse, las causas de las mismas. Así, se es por enfermedad, ya estamos al tanto y no esperamos sentados a que pasen 15 dias sin recibir nada
- respecto a los partes de confirmación, dado que ya estamos al corriente de los procesos de IT abiertos, procuramos estar al tanto de posibles retrasos
- y respecto al parte de alta, cuando tenemos noticia de que algun trabajador ya se ha reincorporado, le recordamos que nos debe entregar el parte de alta si el no lo hace por iniciativa propia en un par de dias.
Con ello, y aunque ha costado, hemos conseguido que, además de nuestro control interno, la gente, en general, esté bastante concienciada con el tema.
Saludos