Entre otras novedades el Boletín Red 2013/03 comunica la creación de dos nuevos colectivos para identificar los contratos de formación suscrito con hijos de trabajadores autónomos que están exentos de la cotización por Desempleo.
Tengo las siguientes dudas:
En primer lugar a la empresa preferirá cotizar pues estos contratos están mayoritariamente bonificados al 100% . Entiendo que si el hijo no está empadronado en el domicilio de sus padres, se deberá cotizar por desempleo. ¿Podrían exigir algún certificado de empadronamiento para comprobar esto?
¿Qué pasaría en caso de cotizar erróneamente a sabiendas? El INEM puede que niegue la prestación de desempleo, pero tendría algún tipo de sanción la empresa; esto es ¿se la puede sancionar por cotizar por más de lo que debería haberlo hecho?
Y por último, sabéis si tenemos que indicar en nuestros programas de nóminas la nueva clave en aquellos contratos formalizados antes de la publicación de este Boletín?
Saludos
Tengo las siguientes dudas:
En primer lugar a la empresa preferirá cotizar pues estos contratos están mayoritariamente bonificados al 100% . Entiendo que si el hijo no está empadronado en el domicilio de sus padres, se deberá cotizar por desempleo. ¿Podrían exigir algún certificado de empadronamiento para comprobar esto?
¿Qué pasaría en caso de cotizar erróneamente a sabiendas? El INEM puede que niegue la prestación de desempleo, pero tendría algún tipo de sanción la empresa; esto es ¿se la puede sancionar por cotizar por más de lo que debería haberlo hecho?
Y por último, sabéis si tenemos que indicar en nuestros programas de nóminas la nueva clave en aquellos contratos formalizados antes de la publicación de este Boletín?
Saludos