BOLSA DE HORAS

EL NOMINAS

Miembro activo
Buenos días,

En base al artículo 10 epigrafe e) del convenio de manipulado y envasado de cítricos, frutas y hortalizas, se crea la posibilidad de crear una bolsa de horas. Esto significa que el trabajador que realiza horas extras las percibe en el mes en curso pero no se considerán para la cotización. Posteriormente cuando falta algún día al trabajo se considerán estas horas para cotización.

¿como enfoco este asunto?
 

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Mr. White

Miembro activo
Yo entiendo que dice que hasta las 80 horas, el trabajador decide si se pagan o compensan con descanso. Si no dice ni Pamplona, se compensan.

Y partir de las 80 horas, se compensan todas en lso 4 meses siguientes para así cumplir lo que dice el ET, art.35.

Si en un mes un tipo hace una hora extra y se compensa en ese mismo mes con 1 hora de descanso, al final trabaja ni más ni menos que la jornada ordinaria mensual y la nómina se queda como si hubiera trabajado todo el mes sin echar una hora...
 

Mr. White

Miembro activo
En mi opinión no, simplemente regula, tal y como le abre la puerta el 35 ET - "mediante Convenio se optará entre compesar o abonar la shoras blablablá"- cómo se gestionan la shoras extras, si se abonan o compensan...y hace un híbrido, hasta las 80 horas el trabajador decide si se las pagan o se las compensan con descanso, y apartir de las 80 horas por narices se compensan con descanso en los 4 meses siguientes...porque si no superarían las 80 horas/año que limita el ET...

Por tanto, si el trabajador hace 80 horas y las cobra todas, ni jornada irregular, ni bolsa de horas ni nada...
 
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