El tipo aplicable es de un 1,30% y el de incapacidad temporal incluido en contingencias comunes es de 1,56%. “Por lo tanto, los autónomos que cumplan la edad legal y que sigan al frente de su negocio, tendrán que pagar solo 2,86% de su base de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)”.