Bonificación contrato

Alejaneilo

Nuevo miembro
Buenos días ,

En caso de autónoma que quiere contratar a su madre ahora mismo parada de larga duración y con 65 años, existe algún tipo de bonificación en el contrato?

Muchas gracias
 

Wastual

Miembro conocido
Si la autónoma lo es por su condición de persona física y su madre convive con ella, le correspondería encuadrarse también en el RETA (arts. 12 y 305.2.k) LGSS), de manera obligatoria. No puede contratarla como trabajadora por cuenta ajena. En ese caso, sí tiene derecho a la bonificación establecida en el art. 35 LETA: 50% de bonificación en la cotización durante los 18 primeros meses y 25% durante los 6 siguientes hasta alcanzar los dos años, no estando reducida en modo alguno la cuota a partir del tercer año de actividad.

Ahora bien, por el contrario, si no existe convivencia, debe formalizarse (entonces sí) el contrato de trabajo correspondiente y cursarse el alta ordinaria en el RGSS. Por tanto, en principio, se podría suponer que entran en juego las bonificaciones a la contratación actualmente en vigor y refundidas en el RDL 1/2023, como es la contratación de desempleados de larga duración. Sin embargo, el art. 11.2 RDL 1/2023:
b) Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las entidades o de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad, así como las que se produzcan con estos últimos.
Es decir, que aunque exista una relación laboral porque así se dispone por Ley, la existencia de parentesco es una causa de exclusión propia del incentivo a la contratación que comentas: no se podría aplicar.
 
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