Bonificación Maternidad +30 años

maricarmenxu

Nuevo miembro
Buenos días.

Una empresa quiere contratar un empleado mayor de 30 años con contrato de sustitución de una trabajadora de maternidad. Pensaba que solo estaban bonificados los de menos de 30, pero he visto el artículo 18 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, y si tendría bonificación entiendo yo:

Artículo 18. Bonificaciones en la cotización de las personas trabajadoras sustituidas durante las situaciones de nacimiento y cuidado del menor o la menor, ejercicio corresponsable del cuidado del menor o de la menor lactante, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural. 1.  A la cotización de las personas trabajadoras por cuenta ajena sustituidas durante el percibo de las prestaciones económicas por nacimiento y cuidado de menor, ejercicio corresponsable del cuidado del menor o de la menor lactante, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, mediante los contratos de sustitución a que se refiere el artículo 17.1.a) y b), les será de aplicación una bonificación en la cotización, en los términos establecidos en el artículo 10, de 366 euros/mes.

¿Habéis tenido algún caso? tendría bonificación?
 

toni

Miembro conocido
Buenos días.

Una empresa quiere contratar un empleado mayor de 30 años con contrato de sustitución de una trabajadora de maternidad. Pensaba que solo estaban bonificados los de menos de 30, pero he visto el artículo 18 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, y si tendría bonificación entiendo yo:

Artículo 18. Bonificaciones en la cotización de las personas trabajadoras sustituidas durante las situaciones de nacimiento y cuidado del menor o la menor, ejercicio corresponsable del cuidado del menor o de la menor lactante, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural. 1.  A la cotización de las personas trabajadoras por cuenta ajena sustituidas durante el percibo de las prestaciones económicas por nacimiento y cuidado de menor, ejercicio corresponsable del cuidado del menor o de la menor lactante, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, mediante los contratos de sustitución a que se refiere el artículo 17.1.a) y b), les será de aplicación una bonificación en la cotización, en los términos establecidos en el artículo 10, de 366 euros/mes.

¿Habéis tenido algún caso? tendría bonificación?
Articulo 17.1.b):
b) Los contratos de duración determinada que se celebren con personas jóvenes desempleadas, menores de 30 años, para sustitución de personas trabajadoras que estén percibiendo las prestaciones económicas por nacimiento y cuidado del menor o la menor o ejercicio corresponsable del cuidado del menor o de la menor lactante, a las que se refieren los artículos 177 a 185 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Ya te esta indicando que tiene que ser menor de 30.
 
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