Buenos días,
para tener derecho a la bonificación en autónomos durante un año a una autónoma que se reincorpora tras el descanso de maternidad, ¿¿tiene que darse de baja en autónomos en el momento del descanso y posteriormente darse de alta en el momento de la reincorporación, o no es obligatorio darse de alta y de baja en autónomos, y simplemente con reincorporarse al trabajo por cuenta propia es suficiente para tener derecho a la bonificación??? Muchas gracias. Un saludo
para tener derecho a la bonificación en autónomos durante un año a una autónoma que se reincorpora tras el descanso de maternidad, ¿¿tiene que darse de baja en autónomos en el momento del descanso y posteriormente darse de alta en el momento de la reincorporación, o no es obligatorio darse de alta y de baja en autónomos, y simplemente con reincorporarse al trabajo por cuenta propia es suficiente para tener derecho a la bonificación??? Muchas gracias. Un saludo