BONIFICACION RETA

tierra3

Nuevo miembro
Buenos días,
Ante todo dar las gracias a quienes aclaran las dudas.
Mi pregunta es si habiendo solicitado información en la TGSS sobre encuadramiento y alta de la hija del administrador si procedía en Régimen General o RETA se informó que procedía en RG y así se realizó, posteriormente fue remitido a la Inspección de Trabajo para que informase sobre en encuadramiento.
La Inspección realizo requerimiento para que se procediese a la anulación del alta en RG y alta en RETA con la fecha 01-12-20 que era la fecha inicial.
La TGSS procede a realizarlo y ahora dice que no procede la bonificación por copio contestación:

Artículo 16.4 Afiliación, altas, bajas y variaciones de datos - del Real Decreto Legislativo
8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social (B.O.E. del día 31).
“4. Tanto la afiliación como los trámites determinados por las altas, bajas y variaciones a que se
refiere el artículo anterior podrán ser realizados de oficio por los correspondientes organismos de la
Administración de la Seguridad Social cuando, a raíz de los datos de que dispongan, de las actuaciones
de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o por cualquier otro procedimiento, se compruebe la
inobservancia de dichas obligaciones.”
Artículo 20. 1 Adquisición, mantenimiento, pérdida y reintegro de beneficios en la cotización –
del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
General de la Seguridad Social (B.O.E. del día 31).
“1. Únicamente podrán obtener reducciones, bonificaciones o cualquier otro beneficio en las
bases, tipos y cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, las empresas y
demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar que se entienda que se
encuentren al corriente en el pago de las mismas en la fecha de su concesión.”
Por todo lo cual, vistos los preceptos legales citados y demás normas de general aplicación,
RESUELVE
DENEGAR las bonificaciones en las cuotas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
solicitadas por xxxxxxxx con D.N.I. xxxxxx y N.A.F. xxxxxxx,
por no encontrase al corriente en las obligaciones de la Seguridad Social en fecha 01-12-2020

Quisiera me aconsejaseis y mil gracias anticipadas
 
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