bonificacion sustitucion maternidad

neli

Nuevo miembro
Nos  dicen en SS que se puede hacer un mod 410 bonificado por sustitución de maternidad al hijo de un autónomo que sustituiría a una trabajadora con descanso por maternidad, es menor de 30 años y no convive con los padres ¿qué opinión teneis al respecto?
 

aprendiz

Miembro
El art. 2º del Real Decreto Ley 11/98 establece:

“Los beneficios que se establecen en el artículo anterior no serán de aplicación en los siguientes casos:
a) Contrataciones de interinidad que se suscriban con el cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive del empresario”

No precisando si existe convivencia o no, yo entiendo que la exclusión de la bonificación es en cualquiera de los dos casos.

Saludos.
 
Efectivamente, no diferencia si existe o no convivencia. Un poco incongruente pero es así, se le permite ser trabajador por cuenta ajena de su padre pero sin disfrutar de las medidas de incentivo
 

aprendiz

Miembro
Es curioso que estas bonificaciones están fuera de la normativa general de bonificaciones establecida en la Ley 43/2006 donde sí se permite bonificación a la contratación realizada por autónomo con familiares. Bien con hijos menores de 30 años aunque convivan, o bien cuando tenga un solo empleado y sea familiar menor de 45 años que ni conviva ni esté a su cargo.

Pero el hecho de que estas bonificaciones tengan su regulación en normativa diferente origina que deba aplicarse su propia normativa.

Saludos.
 

neli

Nuevo miembro
el tema es que la funcionaria dice que sí cabe la bonificación pero que está excluido de desempleo el interino al ser hijo y no convivir en la misma unidad familiar ¿como os quedais?
 

aprendiz

Miembro
Me parece que la funcionaria no tiene ni idea.

Hazle mención a la normativa que hemos citado, a ver cómo se le queda el cuerpo.

Saludos.
 
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