BONIFICACION TRANSFORMACION EN INDEFINIDO Y COLECTIVO DE PECULIARIDAD DE COTIZAC

MALULO

Nuevo miembro
Buenos días.
En los ultimos meses he tenidos varias incidencias con el RED, que ha continuacion os detallo:
1º Tenia hecho un  contrato temporal  a tiempo parcial realizado con mujer mayor de 45 años con mas de 12 meses como desempleada  acogido al R.D. Ley 01/2011 Art. 1.1 b., en febrero de este año y antes del vencimiento de un año  de acuerdo con el punto 6 de este mismo art.  lo transformo en indefinido, acogiendome a la bonificacion que establece el art. 10. 2 de la le 35/2010  que establece una bonificación para este colectivo de  116,67 euros/mes (1.400 euros/año).
Pues mi primera sorpresa fue cuando en el RED realice la transformación e imprimi el IDC (Informe datos de Cotización)la bonificación que figura es de 116,37 euros, es decir 30 centimos menos. Consecuencia: te rechaza la bonificación por superar el tope maximo legal.  Llamo al RED, me dicen que ellos no saben nada de eso, que no saben porque esta gravado en el Sistema esa cantidad y que no pueden hacer nada.
2º Luego, decido forzar dicha bonificación en mi progama de nómina a la cantidad que ellos tienen informada en el Sistema, es decir 116,37  euros, pero asi y todo me rechazan la bonificación, tras llamar varia veces al Red, me dicen que es que el colectivo de peculiaridad de cortización es el 1812 y que en mi fichero fan figura el 07. Hablo con mi distribuidor de nomina Logic Class y me indican que ellos no tienen constancia alguna de ese colectivo, que me digan en el Red, donde esta pulbicado dicho Codigo de Colectivo de Peculiaridad de Cotización. He llamado varias veces al Red, y no saben darme un respuesta, tan sólo me dicen que ese es el colectivo y que no está publicado en ninguna parte, a lo que le contesto que si no está publicado como los distribuidores de nómina van a realizar las modificaciones oportunas, respuesta del funcionario: pues preguntándonos como hacen muchas veces.
Todo esto me parece un poco absurdo, somos humanos y todos nos equivocamos pero es posible que el importe de la bonificación que se publicó en la ley 35/2010 no se haya  aún rectificado.
No sé si algunos habéis tenido este tipo de incidencias.

Saludos


 
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