Bonificaciones y plan de igualdad a partir del 1 de septiembre de 2023

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
El 1 de septiembre ha entrado en vigor el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
En su artículo 8.e dice que para optar a las bonificaciones será obligatorio "Contar con el correspondiente plan de igualdad, en el caso de las empresas obligadas legal o convencionalmente a su implantación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45".
Las bonificaciones por sustitución de persona trabajadora por maternidad están recogidas en el artículo 18.
Por lo tanto, si una empresa tiene más de 50 personas trabajadoras y no tiene plan de igualdad registrado, entenderíamos que no tiene derecho a bonificaciones por maternidad/paternidad.

El tema es que si enviamos las cotizaciones con la bonificación, hablamos de 750 euros y si después hay revisión y se confirma que no hay derecho a la bonificación con el recargo correspondiente nos iríamos casi a los 1.000 euros

¿Alguien más lo entiendo como yo?
Gracias
 
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