Buenas tardes, tengo que hacer un contrato de interinidad por sustitucion de mat

francis

Nuevo miembro
ernidad, el caso es que es obligatorio que la sustituta tenga la misma categoría que la que sustituye? (el problema es que la embarazada tiene un sueldazo y la que entra no sabe nada y no veo normal que tenga que ser por la misma categoría), un saludo.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No, no es necesario.
De hecho, cabe la sustitución indirecta (por ej que las funciones de la sustituida pasen a ser realizadas por otro empleado o bien se repartan entre varios y que el interino refuerce las actividades que dejaran de realizarse por el sutituto o sustitutos internos.

En definitiva, que pueda evidenciarse una conexión, ya sea directa o indirecta, entre sustituido e interino, pero en absoluto eso debe implicar necesariamente misma categoría y menos aún salario y, como ves, incluso ni las mismas funciones.

Saludos
 

FERNANDO

Miembro conocido
Hombre, vamos a ver; el mismo salario no es necesario. Pero cuidado con la categoría; yo pondría la misma  o similar si es otro trabajador el que sustituye a la sustituida.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Hombre, si la sustitucion es directa, vale, categoría ... al menos similar, pero no tiene porque ser la misma (vaya, que a un ingeniero superior responsable del dpto de I+D no lo sustituya con un aux.advo. o un ordenanza).

Pero igualdad de salario, ni de coña es necesario.

Al final se trata de poder acreditar, llegado el caso, que realmente existe una baja o ausencia con reserva de puesto de trabajo y que hay una relacion entra la contratacion del iterino y dicha ausencia.
Y si al final la sustitucion es indirecta (perfectamente legal) ahil la diferencia de salario y categoria entre el susituido y el interino puede ser muy amplia y sin problemas.

Saludos
 
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