¿Cómo calculáis los embargos sobre las nóminas? ¿hacéis caso a las consultas vinculantes de la AEAT? Quiero decir, por ejemplo, si las extras están prorrateadas mensualmente, restáis al líquido a percibir sólo 1 SMI (ahora 1.000 euros), o restáis 1 SMI y la parte proporcional de las pagas extras (1166,70)? Según parece desprenderse del criterio de la AEAT, es que sólo deberíamos restar 1000 euros ¿Cómo lo hacéis? (hablo siempre del primer tramo, luego esta claro que sería sólo ir restando 1000 euros). Gracias
¿Y en el caso de que no estén las extras prorrateadas?
Hace un 3 o 4 años, entrabas al simulador de la AEAT y tenías la opción de poner pagas extras prorrateadas o no y te lo tenía en cuenta, pero ahora sólo te pregunta por el líquido a percibir.
Por muchas consultas vinculantes que haya, no lo veo correcto, ya que el SMI es de 14000 euros al año, y ellos esto parece que se lo pasan por...., sólo tienen en cuenta el SMI mensual.
¿Qué pensáis?
¿Y en el caso de que no estén las extras prorrateadas?
Hace un 3 o 4 años, entrabas al simulador de la AEAT y tenías la opción de poner pagas extras prorrateadas o no y te lo tenía en cuenta, pero ahora sólo te pregunta por el líquido a percibir.
Por muchas consultas vinculantes que haya, no lo veo correcto, ya que el SMI es de 14000 euros al año, y ellos esto parece que se lo pasan por...., sólo tienen en cuenta el SMI mensual.
¿Qué pensáis?