Para un despido por causas objetivas que se realiza en el segundo año de contrato de formación, en el que el salario es superior al del primer año, a la hora de calcular la indemnización:
¿Tendríais en cuenta el último salario mensual o el anual?
Yo entiendo que es el último salario mensual y que el caso del salario anual solo es aplicable cuando existan conceptos a lo largo del mismo de vencimiento superior al mes ¿ Estoy en lo cierto?
¿Tendríais en cuenta el último salario mensual o el anual?
Yo entiendo que es el último salario mensual y que el caso del salario anual solo es aplicable cuando existan conceptos a lo largo del mismo de vencimiento superior al mes ¿ Estoy en lo cierto?