Calculo indemnización despido objetivo durante ere suspensivo

silcon

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Hola buenos días,
a ver si me podeis echar un cable porque tengo dudas en como hacer este cálculo.

Trabajador de alta desde 2002 que está afectado por un ere de suspensión por días laborables, con lo que cada mes tiene una base distinta en función de los días laborables que trabaje y los días de suspensión que se apliquen.
A la hora de hacer la previsión de la indemnización por despido objetivo,
¿ qué base reguladora cojo? ¿ las últimas 12 bases de cotización contando los días de suspensión/360?

Gracias de antemano y un saludo,

 

silcon

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FERNANDO dijo:
El salario que tiene, pero incrementado al 100%.


??
Creo que no te entiendo Fernando.
El trabajador por ejemplo en septiembre ha trabajado 15 días y el resto a estado de suspensión en casa y cobrando del Sepe.
Cuando ahora quiero calcular la indemnización, ¿ que base cojo, base de esos 15 días/ para tener el salario diario?
 

silcon

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Gracias a todos, voy a ver si hago los cálculos.

Y pregunta tonta seguro, al ser empresa de menos de 25 trabajadores, calculo toda la indemnización pero sólo habría que abonar 12 días por año, y el resto indicarle al trabajador que tiene que solicitarlo al fogasa ¿ correcto?


Un saludo,
 

silcon

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pues hoy no me ha dado tiempo a ponerme con los cálculos porque he tenido que solucionar un "marroncillo" imprevisto.

pero sigo con dudas a la hora de la base. este trabajador es de cobro diario, cosa que no me importa pero tiene unos conceptos por día natural ( salario base y antigüedad) y otros por dia laborable ( plus extrasalarial, plus actividad) y además en vacaciones cobra distinto...
así que si por ejemplo en septiembre tuvo 12 días naturales a cobrar pero sólo 7 laborables como hago el cálculo del salario diario?
es que al final he pensado que lo mas fácil sería ir a convenio, coger el bruto total y dividirlo entre los 366 días de 2012 y listo ¿ no?
 

Mam

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Tengo el mismo caso que tu silcon, y he aplicado tablas y el variable del año anterior, tmb hablo del convenio De la construccion. Tuvistes algún problema?? Te reclamaron algo mas?? Gracias y saludos.
 

silcon

Nuevo miembro
hola mam,
ahora sólo me pedían una previsión de la indemnización.
pero he visto que se hizo un despido en esas mismas condiciones el año pasado y no hubo problemas ni con el trabajador ni con fogasa( que abonó a la empresa el 40% de la indemnización).
el trabajador no tuvo problemas para cobrar el desempleo
 

Nando_bcn

Miembro conocido
El tema de los ERE's me despista un poco porque no es mi fuerte, pero vaya, salvo alguna  implicación de esa situación que se me escape, de forma general y para el cálculo de la indemnización  por despido dejémonos de bases de cotización (que, aunque en muchos caso, es cierto, nos dara el mismo o muy similar resultado hay una serie de circuntancias que provocan que no sirva como referente absoluto) y consideremos el salario fijo anual vigente en el momento del despido (obviamente el 100%) más, en su caso, los concpetos variables percibidos durante los últimos 12 meses. La suma de todo eso la dividimos entre 365 y eso nos dará al salario/día a estos efectos.
Y dejémonos de una vez, repito, de acudir a la base de cotización (que, como ha ocurrido ahora, nos encontraremos con casos como "vaya, pero si está en un ERE suspensivo ¿cómo lo hago?")
El salario es el salario y la cotización, aunque en princpio es algo asociado al mismo, sigue una serie de vicisitudes (topes, conceptos variables...) que llevan a que no pueda ser considerado como un referente universalemente válido.
 
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